Mayoría absoluta
Uno de los artistas más importantes del siglo XX -el pintor Francis Bacon- afirmó que las ocasiones había que crearlas y no esperar a que llegasen. Sabía de lo que hablaba, el irlandés fue expulsado de casa por su padre cuando tenía 16 años, al manifestar sus inclinaciones homosexuales.
El caso particular del artista irlandés se puede extrapolar al colectivo LGTB que tras años de insistencia y de lucha por alcanzar sus derechos ha visto como -al menos en España- la justicia se ha decidido a legitimar estas concesiones por las que tanto se ha luchado.
El Tribunal Constitucional ha tirado por tierra el recurso contra el matrimonio igualitario que planteó el PP hace más de un lustro. La decisión, que ha sido adoptada por mayoría absoluta (ocho de los once magistrados avalaron la ley), supone un gran paso en los derechos del colectivo LGTB, pues la votación conlleva por un lado la consolidación definitiva de la norma y por el otro supone un blindaje legal para la misma.
Concepto de matrimonio
Lo que emana de la sentencia del Tribunal Constitucional es que la Constitución no contiene un concepto de matrimonio sino que se limita a reconocer el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio en plena igualdad jurídica, con la evidente finalidad de consagrar la plena igualdad de la mujer en el matrimonio, rompiendo así con una tradición secular.
Así pues, desde el Tribunal Constitucional se realiza una interpretación progresista de la Constitución, especialmente del artículo 32 del que indican que no prohíbe el matrimonio entre personas del mixmo sexo, sino que simplemente no se refiere a él
La posición del PP
La posición del Partido Popular respecto al matrimonio igualitario ha sufrido un giro de 180 grados. En un primer momento, el grupo liderado por Mariano Rajoy impulso el conocido recurso de la vergüenza. Amparándose en diferencias semánticas y del lenguaje, desde el PP se prefería amparar legalmente la unión de parejas homosexuales sin darle el nombre de matrimonio.
Sin embargo, las diferencias semánticas escondían algo más; y es que el recurso planteado por los populares daba como resultado parejas de primera -heterosexuales- y de segunda -homosexuales- con jurisprudencia y base jurídica. Algo demencial.
Tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional, la posición del PP ha sido mucho menos beligerante y Gallardón ya se ha encargado de adelantar que a pesar de que su partido tiene la mayoría en el Senado capaz de tumbar la deisión del Tribunal, no tomarán ningún tipo de acción: ‘que el Tribunal Constitucional, al establecer que la Constitución ampara que esta unión de personas del mismo sexo cabe dentro de la concepción de matrimonio que recoge el texto constitucional, ha establecido una doctrina que para nosotros es, en este caso, vinculante’, ha indicado el Ministro de Justicia.
Fiesta en la capital
Si el París de Hemingway era una fiesta, ayer Madrid también se puso sus mejores galas. Cientos de personas se reunieron de manera espontánea en la Puerta del Sol para celebrar lo que, se mire por donde se mire, es un gran triunfo del colectivo LGTB.
En la fiesta estaban los representantes de los mismos partidos que accedieron a participar en las manifestaciones del Orgullo Gay -es decir todos los partidos políticos menos el PP-. Allí, los políticos compartieron alegrías, brindis y proclamas con los colectivos LGTB más importantes de nuestro país.
Entre los rostros más felices de la noche se encontraba el de Boti García, presidenta de la Federación Española de Lesbianas Gays Transexuales y Bisexuales (FELGTB). En un ambiente festivo indico que: ”Somos iguales y cabemos en esta Constitución. Tenemos la alegría dentro por esta justa, esperada y merecida esta sentencia del TC. Siete años de angustias e incertidumbre sobre la plena legalidad de nuestras familias y matrimonios”
Siete años de matrimonio igualitario
Desde que la reforma del Código Civil entró en vigor en julio de 2005 y hasta el año pasado, se han celebrado un total 22.124 bodas entre personas del mismo sexo, de las que 897 han acabado en divorcio o separación, según datos del INE. El número de estos matrimonios se ha mantenido más o menos constante, con entre 3.000 y 4.000 al año.
La reforma entró en vigor el 3 de julio de 2005, y convirtió a España en el cuarto país del mundo que legalizaba estas uniones. En su momento, la reforma modificó 16 artículos del Código Civil para sustituir los términos ‘marido’ y ‘mujer’ por el ‘cónyuges’ y las palabras ‘padre’ y ‘madre’ por ‘progenitores’. Además, amplió el artículo 44 con la siguiente afirmación: ‘El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo’