Condenan a la alcaldesa de San Bartolomé de Béjar por amenazas a un matrimonio de hombres

Montserrat Hernández Barreras, alcaldesa independiente del municipio de San Bartolomé de Béjar -Ávila- tendrá que pagar una multa de 900 euros a un matrimonio de hombres y otros 900 a la arrendataria del bar municipal según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Piedrahíta, que también ha condenado a otro vecino del la circunscripción a abonar 450 euros a la pareja, por coacciones y amenazas. 

Los hechos se produjeron el pasado 14 de abril en la vivienda de los demandantes, cuando los dos condenados irrumpieron en la vivienda del matrimonio en la que estaban los demandantes junto al padre de uno y un amigo común acompañados de un grupo de gente.

Según la denuncia la alcaldesa entró en la propiedad de los demandantes ‘sujetando en una mano una copa de vino y alzando la otra’ espetando a la pareja ‘A mí no me hagas una foto que te parto la cabeza‘ y amenazándoles con la frase ‘Ahora voy a por vosotros, maricones de mierda […] Os vais a enterar, mariconazos’.

Por la boca muere el pez

Los acusados negaron los hechos que los denunciantes les durante la vista, pero las incongruencias y contradicciones en las que incurrieron durante el proceso acabaron dando la razón a los denunciantes. Durante el proceso Monserrat Hernández llegó a negar que se les hubiese discriminado por su condición sexual llegando a afirmar: ‘nosotros les hemos tratado siempre como a personas normales’.

En los fundamentos de derecho, la juez ha constatado que en la prueba practicada existen ‘versiones contradictorias’ entre los denunciantes y los denunciados. No obstante, señala que tanto la alcaldesa de este municipio como el otro denunciado, ‘reconocen que el día de los hechos se acercaron al domicilio de los denunciantes en compañía de más personas’.

Su intención era la de ‘recriminarles que les hubieran sacado una foto, pero sin llegar a entrar en el mismo y sin proferir las expresiones denunciadas’. Sin embargo, la juez considera que la declaración de las víctimas-denunciantes y sus acompañantes resultan verosímiles, coherentes y coincidentes, y en el caso de los denunciados cree que ‘incurren en contradicciones entre ellos’.